La reciente controversia entre Lima Airport Partners (LAP) y el Estado peruano por el cobro de la Tarifa Única de Uso Aeroportuario (TUUA) de transferencia internacional ha encendido las alarmas sobre la seguridad jurídica y el futuro de las asociaciones público-privadas (APP) en el país. El corazón del conflicto no es solo el monto de la tarifa, sino la metodología técnica usada para calcularla y la posible intervención política en un proceso que debería ser estrictamente regulatorio.
El Dilema de la Tarifa de Transferencia
LAP argumenta que la TUUA de transferencia está validada en la Adenda N.º 6 de su contrato de concesión. El método que aplicaron, el de «costos totalmente distribuidos», incluye todas las inversiones (Capex) y gastos operativos (Opex) necesarios, siguiendo el reglamento tarifario de OSITRAN (Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público).
Sin embargo, el Consejo Directivo de OSITRAN rechazó este informe, preocupado por un posible efecto negativo en la competitividad del aeropuerto y el aumento de costos para aerolíneas como Latam y Sky Perú. Ante la tensión, el MTC, junto a otros organismos, postergó la aplicación de la tarifa hasta diciembre de 2025 para una revisión integral.
¿Rumbo al CIADI? La Amenaza del Arbitraje
El CEO de LAP ha sido claro: el arbitraje internacional solo se activará si el Estado modifica unilateral o arbitrariamente la metodología de cálculo. Para la empresa, rechazar un informe que cumplió con todo el procedimiento técnico previsto es una interferencia política que vulnera el equilibrio económico-financiero del contrato.
El contrato de concesión del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez prevé expresamente una cláusula arbitral ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones). Este mecanismo es la salvaguarda de la confianza inversionista y busca asegurar que la función reguladora del Estado se ejerza con coherencia y sin afectar los derechos adquiridos, un principio clave en la estabilidad regulatoria.
La Lección para el Mercado de Infraestructura
Desde una óptica económica, la TUUA es una tarifa retributiva, no un impuesto, vital para cubrir los costos de operación y mantenimiento del aeropuerto. Cualquier alteración sin sustento técnico envía una señal de incertidumbre al mercado y debilita la confianza en el marco legal de las APP.
Gremios como la Sociedad Nacional de Construcción e Infraestructura (SNCI) han advertido que modificar unilateralmente las condiciones contractuales pactadas es un mensaje negativo para la inversión internacional. La predictibilidad y el respeto a las reglas de juego son los pilares que atraen capitales para el desarrollo de infraestructura.
Conclusión:
La disputa LAP vs. Estado Peruano trasciende una simple discusión técnica de costos. Se ha convertido en un caso emblemático sobre la institucionalidad y la gobernanza en el Perú. El manejo de esta crisis establecerá un precedente crucial para todos los futuros proyectos de concesión. Si el Estado prioriza el diálogo técnico y el apego a sus compromisos, evitará un litigio costoso y reforzará su reputación como socio confiable. El arbitraje, en este sentido, debe ser visto como una garantía de estabilidad contractual, no como un símbolo de confrontación.
Fuente del artículo original:
Inga Martínez, C. (2025, noviembre 11). LAP afirma que podría ir a un arbitraje con el Estado por la TUUA de conexión, ¿cómo va el tema y qué ha conversado con el Ejecutivo? El Comercio.



